2. Situación de los Derechos de Autor en Uruguay

Actualmente Uruguay es uno de los pocos países del mundo que no cuenta con limitaciones y excepciones para la educación, investigación, bibliotecas y archivos.

Mapa exceciones

Mapa de excepciones al derecho de autor para bibliotecas y archivos. En azul, los países que cuentan con una diversidad de excepciones. En rojo, los países que no cuentan con excepciones, entre los que se encuentra Uruguay. http://www.wipo.int/edocs/mdocs/copyright/en/sccr_29/sccr_29_presentations.pdf

Esto deja en la ilegalidad a la mayoría de las acciones que realizan las y los docentes para dictar sus clases, cuando utilizan fragmentos u obras breves licenciadas bajo “Todos los derechos reservados”, sin el consentimiento del autor. 

Esto incluye crear repartidos o selección de lecturas, utilizar canciones, fotos, videos, fragmentos de películas, aplicaciones para celulares, juegos, impresiones 3D, maquetas o cualquier otro contenido o recursos educativo con Copyright.

Tampoco existen excepciones para bibliotecas y archivos. Las bibliotecólogas han denunciado en varias oportunidades que no cuentan con las garantías mínimas para cumplir adecuadamente con su trabajo, ya que no pueden realizar legalmente muchas tareas imprescindibles para el desarrollo normal de la vida cultural y educativa.

O peor aún y un claro ejemplo de la necesidad de modificar la Ley, es la ilegalidad en la que se encuentran al prestar un libro de sus colecciones, para su estudio en sala o a domicilio. Si, el préstamo público es una actividad totalmente normalizada aunque ilegal, ya que se trata de un acto de distribución que requiere autorización previa, salvo que la legislación prevea una excepción.

El 13 abril de 2016, se aprueba en la Cámara de Senadores, el proyecto de ley por el que se modifica la Ley Nº 9.739 de 17 de diciembre de 1937 sobre Derechos de Autor. 

EL proyecto aprobado es una conjunción de dos proyectos, el presentado por la Federación de Estudiantes Universitarios de Uruguay (FEUU) y el presentado por el Consejo de Derechos de Autor (CDA).

Posteriormente a esta aprobación la Asociación General de Autores del Uruguay (AGADU) y la Cámara Uruguaya del Libro (CUL) invita a la FEUU a realizar diversas reuniones para generar un nuevo proyecto de Ley. Estas reuniones fueron realizadas de manera cerrada, pese a las diversas consultas de diversos actores de la Educación, Bibliotecas y la sociedad civil que quisieron participar.

Luego de un largo proceso y debido a diversos cuestionamientos el acuerdo no fue aprobado.


Actualmente a través del Programa de Modernización Legislativa (PROMOLE) el parlamento pretende retomar el tema. Si bien se han incorporado algunos planteos de diversos sectores, nuevamente es incompleto y no profundiza en las necesidades de todos los sectores involucrados en la Ley de Derechos de Autor.

Para profundizar sobre el Derecho de Autor en Uruguay, recomendamos mirar este modulo: Conceptos Básicos sobre Derechos de Autor en Uruguay, del curso Recursos Educativos Abiertos y Licencias Creative Commons