Nota: Los límites de la apertura de datos
Se puede abrir toda la Información pública que se genera o está en posesión de cualquier organismo público, sea o no estatal, salvo las excepciones establecidas por la Ley N° 18.381 de Acceso a la Información Pública. A modo de ejemplo, algunas de las excepciones son los datos personales, datos que pueden afectar la seguridad nacional, datos que estén sujetos a otra normativa como la del Secreto Bancario, entre otros. (ver Guía para publicación de datos abiertos de gobierno. Agesic. https://www.agesic.gub.uy/innovaportal/v/2478/2/agesic/guia-para-publicacion-de-datos-abiertos-de-gobierno.html