Monumentos públicos

Monumentos públicos

by Montenegro Pamela -
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Hola! Me quedo rondando una pregunta respecto del dominio público.

¿Dominio público significa que todos podemos intervenir sin necesidad de ningún permiso?

¿Los monumentos pasan a ser considerados de dominio público luego de 50 años de la muerte del autor?

Por ejemplo, el monumento a José Pedro Varela (en la Plaza Varela) que esta cumpliendo 100 años. ¿Este monumento es ahora de dominio público? Entonces, en caso de querer intervenirlo de forma efímera, iluminándolo o haciendo una performance sobre él, no tendría ninguna restricción?

 

Gracias!!

 

 

 

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Re: Monumentos públicos

by Díaz Patricia -

Hola Pamela, te contesto entre líneas:

¿Dominio público significa que todos podemos intervenir sin necesidad de ningún permiso?

¿Los monumentos pasan a ser considerados de dominio público luego de 50 años de la muerte del autor?

Eso es cierto, luego de pasados 50 años contados desde la muerte del autor prescriben los derechos patrimoniales (los relacionados con la explotación de las obras). Eso significa que no será necesario que pidas permiso, pero ojo, en Uruguay tenemos algo que es bastante raro: el "dominio público pagante", que significa que puedes efectuar obras derivadas o copias sin autorización, pero deberías pagarle al Estado por el uso de sa obra (si querés ampliamos en clase sobre esto).

Por ejemplo, en el caso de una novela se puede adaptar para cine o teatro (generando una obra derivada: la adaptación), o se puede volver a editar y vender sus copias. En el caso de una obra de arte, se puede fotografiar o copiar de otra forma (mediante escaneado 3d por ejemplo).

Por ejemplo, el monumento a José Pedro Varela (en la Plaza Varela) que esta cumpliendo 100 años. ¿Este monumento es ahora de dominio público? Entonces, en caso de querer intervenirlo de forma efímera, iluminándolo o haciendo una performance sobre él, no tendría ninguna restricción?

Para el caso de obras escultóricas, podrías intervenir sobre la obra siempre y cuando no dañes su integridad, o sea, mientras no modifiques la obra original. Sí podrías hacer una copia y luego modificarla e intervenirla como quieras, esa obra ya no sería la del autor, sino que sería otra obra, TU obra derivada.

Eso es porque el derecho de integridad de la obra original no prescribe nunca (es un derecho moral, personalísmo del autor), por eso podrías hacer mil obras derivadas, pero no podrías tocar la original.